capítulo i – disposiciones generales

Artículo 1. Definición de la competición y normas de aplicación.

  1. Con la denominación de “Circuitos Interprovinciales por equipos” , se convoca una competición por equipos a disputar entre equipos de clubes afiliados a la Federación Castellano manchega de Pádel (en adelante FPCLM)
  2. Esta competición es independiente de los campeonatos provinciales y autonómicos por equipos de clubes. La liga se jugará en las siguientes zonas, marcadas por las cabezas de partidos judiciales de CLM:

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  • SECTOR OESTE formada por clubes de las provincias de Albacete y Cuenca (EXCEPTO Tarancón)
  • SECTOR MANCHA CENTRO formada por clubes de las zonas de Tarancón, Quintanar de la Orden, Alcazar de San Juan, Tomelloso.
  • SECTOR SUR que incluye Valdepeñas, Manzanares, Daimiel, Almagro,Ciudad Real, Puertollano, Almaden.
  • SECTOR NORTE que incluye Ocaña, Orgaz, Toledo, Illescas, Torrijos y Talavera de la Reina.
  1. Los dos equipos mejor clasificados de CADA SECTOR categorías masculina y femenina se enfrentarán a los dos equipos mejor clasificados de las primeras categorías masculina y femenina por el título de la COPA FEDERACIÓN por equipos en Club de Ocio Nudos y fechas a determinar por la FPCLM. En caso de no comparecer uno de los clubes que hayan ganado la plaza, esta recaerá en el club inmediatamente posterior clasificado. En caso de renuncia de todos, la plaza quedará libre para quien la quiera, independientemente del sector o posición final conseguida hasta un máximo de 8 equipos participantes en cada categoría..
  2. En todo lo no regulado de manera expresa en las presentes normas de competición se aplicará, supletoriamente, la regulación de los campeonatos por equipos de clubes contenida en la Normativa Técnica aprobada por la FPCLM para la temporada 2016 en todo aquello que no contradiga a las presentes normas.
  3. En la disputa de los partidos de la competición regirá el Reglamento de Juego aprobado por la Federación Internacional de Pádel.

Artículo 2. Funciones de la FPCLM.

Corresponde a la FPCLM, dentro de su función de organización de la competición, la regulación del marco general de la misma mediante la aprobación de las presentes normas de competición, gestión de los resultados y clasificaciones de la misma y ejercicio de la potestad disciplinaria deportiva.

 

capítulo ii – de los clubes, equipos y deportistas

Artículo 3. Clubes, equipos, sedes y publicidad.

  1. Sólo podrán participar en la competición equipos de clubes afiliados a la FPCLM al corriente en el pago de la cuota anual de afiliación federativa del año 2016.
  2. . Los clubes participantes, que podrán tener pistas propias o no, deberán facilitar a sus equipos la disponibilidad de una sede fija para la competición dotada de vestuarios y con al menos tres pistas disponibles para la disputa de sus enfrentamientos.
  3. Se autoriza la exhibición de publicidad tanto en la vestimenta de los deportistas como en la denominación de los equipos si bien dicha publicidad no podrá hacer referencia a ideas políticas o religiosas ni ser contraria a la Ley, la moral, las buenas costumbres o el orden público.

 

Artículo 4. Requisitos para la inscripción de deportistas.

  1. De conformidad con el Acuerdo de Colaboración suscrito con la Federación Española de Pádel y por estar en juego un título de ámbito interprovincial (Copa Federación), sólo podrán ser inscritos como jugadores/as de cada equipo deportistas con licencia en vigor expedida directamente por la FPCLM.
  2. Un/a deportista solo podrá formar parte del equipo del Club por el que tiene emitida su licencia. Los deportistas con licencia independiente podrán ser inscritos por el equipo de un club quedando vinculados a efectos federativos a dicho club hasta el fin de la temporada.
  3. La inscripción en esta competición determina la imposibilidad de ser inscrito con otro equipo en esta competición en la misma temporada.
  4. Cada equipo de un club será independiente, no pudiéndose entremezclar sus componentes con los de otros equipos de esta competición, aunque sean del mismo club.
  5. Podrá ser inscrito en la competición cualquier deportista de categoría cadete (15 y 16 años a cumplir a lo largo de 2016), juvenil (17 y 18 años a cumplir a lo largo de 2016) o absoluta. Los/as deportistas de categoría infantil (13 y 14 años a cumplir a lo largo de 2016) podrán ser inscritos siempre que presenten autorización paterna o de su tutor legal.

 

Artículo 5. Requisitos, tiempo y forma para la inscripción de equipos.

  1. La inscripción se formalizará a través del Acceso para clubes de la página web de la FPCLM www.fpclm.com o cualquier otro modo alternativo que la FPCLM indique en el futuro.
  2. La inscripción es gratuita para los deportistas y clubes.
  3. El plazo de inscripción de equipos concluirá a las 13:30 horas del 20 de FEBRERO de 2016.
  4. Los equipos estarán formados por un mínimo de 6 componentes y un máximo de 8 por cada jornada.
  5. El plazo de inscripción de nuevos deportistas permanecerá abierto hasta el momento de entregar al Juez-Arbitro de la relación de jugadores participantes en esa jornada de competición.
  6. Cualquier impugnación deberá efectuarse antes de la disputa de un enfrentamiento. Una vez iniciado el mismo, la impugnación sólo surtirá efectos para los enfrentamientos siguientes.

 

Artículo 6. Capitanías

  1. Cada equipo deberá contar con un Capitán o Capitana y una dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones de la FPCLM y, en su caso, de los capitanes/as de los restantes equipos de su división.
  2. Son obligaciones de la persona designada para ejercer la Capitanía las siguientes:
  • Representar a su equipo ante la FPCLM y los demás equipos participantes.
  • Comunicar a los/as componentes de su equipo horarios, instrucciones, etc.
  • Vigilar la puntualidad y la ética deportiva de sus jugadores/as.
  • Cumplir y hacer cumplir a sus jugadores/as las presentes normas de competición.
  • Confirmar los avisos de lectura que puedan incorporarse a los correos electrónicos que les remitan la FPCLM o, en su caso, los capitanes de los restantes equipos
  1. Cuando la persona designada para ejercer la Capitanía no acuda a un enfrentamiento de su equipo, podrá ser sustituida por otro componente de su equipo, que se identificará ante la Capitanía rival para ejercer las funciones propias de la Capitanía durante el enfrentamiento.

 

capítulo iii – desarrollo de la competición

Artículo 7. Formato de la competición.

  1. La competición se convoca en dos categorías, masculina y femenina.
  2. El formato de competición será el siguiente:
  • 3, 4 ó 5 equipos, todos contra todos
  • 6 equipos, 2 grupos de 3 y luego enfrentamiento entre los primeros, entre los segundos y entre los terceros clasificados
  • 7 o más equipos inscritos, cuadro con consolación

 

Artículo 8. Enfrentamientos y partidos.

Los enfrentamientos serán siempre a partidos completos, salvo que se especifique lo contrario con antelación.

En clubes donde, por el número de pistas o por el número de equipos inscritos haya que realizar la prueba en días de sábado y domingo, el orden de juego será siempre, SABADO CHICOS Y DOMINGO CHICAS.

 

Artículo 9. Fechas.

  1. La competición se iniciará el 30 de enero de 2016.
  2. En caso de circunstancias excepcionales, la FPCLM podrá suspender total o parcialmente la competición, así como prorrogar o reducir su duración.
  3. Las fechas de las jornadas serán:
  • 27 DE FEBRERO
  • 12 DE MARZO
  • 9 DE ABRIL
  • 30 DE ABRIL
  • 14 MAYO
  • 11 JUNIO

La prueba FINAL se celebrará el 25 de JUNIO y se celebrará en Club de Ocio Nudos .

 

Artículo 10. Sistema de competición.

  1. El sistema de puntuación será incrementando los puntos por puesto, partiendo desde los 10 puntos que ganará el equipo que quede último, en decenas, hasta los puntos que gane el equipo vencedor de la prueba, que dependerá del número de equipos participantes. Por ejemplo, una prueba con 6 equipos, las puntuaciones de los equipos serán las siguientes:

         6º Clasificado: 10 puntos         5º Clasificado: 20 puntos

         4º Clasificado: 30 puntos         6º Clasificado: 40 puntos

         2º Clasificado: 50 puntos         1º Clasificado: 60 puntos

 

  1. La clasificación final se establecerá con arreglo a los resultados obtenidos por cada uno de los equipos en el conjunto de enfrentamientos, ordenados de modo decreciente en función del número de puntos obtenidos en los enfrentamientos.
  1. En caso de empate a puntos entre dos o más equipos se aplicarán, siempre por orden, los siguientes criterios:
  • Primero: Por la mayor cantidad de puntos para la clasificación obtenida en los enfrentamientos particulares.
  • Segundo: Por el mejor resultado obtenido al restar, del número de partidos ganados en los enfrentamientos particulares, el número de partidos perdidos en los mismos.
  • Tercero: Por el mejor resultado obtenido al restar, del número de sets ganados en los enfrentamientos particulares, el número de sets perdidos en los mismos.
  • Cuarto: Por el mejor resultado obtenido al restar, del número de juegos ganados en los enfrentamientos particulares, el número de juegos perdidos en los mismos.
  • Quinto: Por el mejor resultado obtenido al restar del número de partidos ganados en toda la competición, el número de partidos perdidos en la misma.
  • Sexto: Por el mejor resultado obtenido al restar, del número de sets ganados en toda la competición, el número de sets perdidos en la misma.
  • Séptimo: Por el mejor resultado obtenido al restar, del número de juegos ganados en toda la competición, el número de juegos perdidos en la misma.

Estos criterios se aplicarán sucesivamente mientras permanezca el empate. En el momento en que uno o más de los equipos dejen de estar empatados y resten otros equipos empatados, se comenzarán de nuevo a aplicar los criterios de desempate por el orden establecido para deshacer el empate que aún persistiese.

 

Artículo 11. Banda horaria

  1. Los clubes fijarán la sede y hora de la competición dentro de la siguiente banda horaria (Sábado y Domingo de 10 a 19 horas hora de comienzo de los partidos inicial y final, siempre que sea posible), dentro de la cual deberá dar comienzo la disputa del enfrentamiento.
  2. El comienzo o reanudación de un enfrentamiento fuera de la anterior banda horaria, salvo que responda a alteraciones del calendario o suspensiones, deberá contar necesariamente con el beneplácito por escrito de los equipos participantes.

 

Artículo 12. Alteraciones del calendario

  1. No se podrá efectuar ninguna alteración del calendario a instancia de los equipos en los enfrentamientos.
  2. En función de la evolución del calendario oficial de torneos y campeonatos de la FPCLM y de la FEP, la FPCLM podrá alterar el calendario inicialmente establecido para el Circuito.

 

Artículo 13. Incomparecencia, presentación insuficiente de deportistas y retirada

  1. Se entiende por incomparecencia de un equipo el hecho de no acudir a un enfrentamiento en el día y hora señalados o hacerlo sin los requisitos exigibles para la disputa de los partidos.
  2. No se considerará incomparecencia la presentación de al menos cuatro deportistas al enfrentamiento si bien este hecho determinará que al equipo en cuestión se le dé por perdido el enfrentamiento por 3/0 con resultado de 6/0 6/0 en cada uno de los partidos, con independencia de que los partidos puedan ser disputados por mera cortesía y sin valor clasificatorio alguno.
  3. La incomparecencia de un equipo a un enfrentamiento será sancionada, si se produce en fase de liga, con la pérdida del enfrentamiento por 3/0 con resultado de 6/0 6/0 en cada uno de los partidos y privación de un punto en la clasificación, y, en su caso, si se produce en una eliminatoria, con la pérdida de la misma.
  4. La segunda incomparecencia durante la competición será sancionada con la exclusión del equipo de la competición y en su caso, descenso automático de división, salvo que se trate de la última existente e imposibilidad de ascenso en la temporada siguiente. A efectos de clasificación serán anulados todos los enfrentamientos de dicho equipo deduciéndose de la clasificación los resultados de dichos enfrentamientos.
  5. La retirada injustificada por parte de un equipo durante un enfrentamiento, una vez comenzado el mismo, o su negativo a iniciarlo, serán sancionadas como la incomparecencia.
  6. Tanto la incomparecencia como la retirada injustificada de un enfrentamiento serán sancionadas con multa de 60 euros al club al que pertenezca el equipo infractor.
  7. Cuando, con ocasión de un mismo enfrentamiento, los hechos previstos en el presente artículo sean cometidos por ambos equipos se impondrán las sanciones correspondientes a los dos, sin que ninguno de ellos sea declarado vencedor del enfrentamiento.

 

Artículo 14. Retirada de un equipo de la competición

  1. La retirada de la competición por parte de un equipo con posterioridad a la publicación del calendario se sancionará con multa de 60 euros al club al que pertenezca.
  2. Si la retirada se produce una vez comenzada la competición, la multa será de 100 euros y serán anulados todos los enfrentamientos de dicho equipo deduciéndose de la clasificación los resultados de dichos enfrentamientos.
  3. En los dos supuestos anteriores, el equipo retirado ocupará automáticamente una plaza de descenso y no será sustituido por ningún otro equipo en su división.

 

capítulo iv – desarrollo de los enfrentamientos

 

Artículo 15. Antes del enfrentamiento.

  1. Cada capitanía confeccionará las tres parejas que representen a su equipo.
  2. El orden de las parejas dentro de un equipo será libremente establecido por la capitanía.
  3. Cada capitanía deberá entregar a la otra, de manera simultánea, la relación por escrito de la formación de su equipo para el enfrentamiento en modelo establecido al efecto por la FPCLM, indicando los/as componentes de cada pareja. Una vez entregada la relación a la otra capitanía no se podrá efectuar ninguna sustitución bajo ninguna circunstancia.
  4. Los/as deportistas están obligados a acudir a los enfrentamientos con su DNI o pasaporte o permiso de conducción, debiendo exhibirse alguno de estos documentos en caso de que la Capitanía del equipo oponente así lo requiera antes del comienzo del enfrentamiento. El incumplimiento de esta obligación, que deberá hacerse constar en acta, será sancionado con multa al club de 5 euros por cada deportista afectado/a, no pudiendo ser alineado/a el/la deportista no identificado/a y dándose por perdido por 6/0 6/0 al equipo infractor el partido en el que fuese a actuar el/la deportista no identificado/a.
  5. La FPCLM podrá designar libremente jueces árbitros titulados o en prácticas para actuar en cualesquiera enfrentamientos de la competición. El juez-árbitro se presentará a las capitanías de los equipos contendientes y éstos están obligados a seguir en todo momento las instrucciones que reciban del juez-árbitro.

 

Artículo 16. Alineación de deportistas

  1. Para que un deportista pueda ser alineado por un equipo en un enfrentamiento, deberá reunir los siguientes requisitos:
    • a) Estar en posesión de la licencia FPCLM o en su defecto abonar un seguro de actividad deportiva esporádica a sumar al precio de la prueba.
    • b) Haber sido inscrito en la competición dentro de los periodos habilitados al efecto.
    • c) Reunir los requisitos de edad establecidos en esta normativa.
    • d) No encontrarse sujeto a sanción disciplinaria impuesta por la FPCLM.
  2. La alineación indebida de un deportista en un partido, por carecer de los requisitos necesarios, determinará la pérdida del enfrentamiento por 3/0 con resultado de 6/0 6/0 en cada partido y la imposición de multa de 40 euros al club al que pertenezca el equipo infractor.
  3. La posibilidad de reclamar la alineación indebida de un deportista concluirá a las 20:00 horas del segundo día natural posterior a la celebración del enfrentamiento.
  4. Los jugadores con vinculación profesional con el pádel en los últimos 4 años, ya sean jugadores de ligas profesionales tipo WPT o monitores, jugaran siempre el partido de mayor puntuación posible independientemente de la puntuación que tengan en ese momento. Para este supuesto los clubes deberán notificar al Comité Organizador a la hora de hacer la inscripción que jugadores se encuentran en ese supuesto.

 

Artículo 17. Desarrollo de los enfrentamientos

  1. Los partidos se disputarán compitiendo las tres parejas enfrentándose entre sí las parejas número 1, número 2 y número 3 de cada equipo.
  2. El orden de disputa de los partidos, cuando no se puedan jugar todos simultáneamente será: 3, 1 y 2.

El incumplimiento del máximo de dos tandas de juego establecido en el presente apartado determinará la imposición de una multa de 40 euros al club al que pertenezca el equipo local.

  1. Cada partido se disputará al mejor de 3 sets con tie-break, en caso de empate a 6 juegos, en todos ellos.
  2. Será vencedor del enfrentamiento el equipo que gane mayor número de partidos.
  3. Todos los encuentros deberán disputarse, obligatoriamente, con pelotas de pádel nuevas a estrenar.
  4. Durante los partidos los jugadores/as no podrán recibir instrucciones o consejos técnicos relacionados con el juego de nadie que no sea su propia pareja, su Capitán/a o un/a Técnico con su correspondiente licencia en vigor. Los/as capitanes/as o técnicos podrán dirigirse a los componentes de su equipo exclusivamente durante los cambios de lado.

 

capítulo v – multas y régimen disciplinario

Artículo 18. Impago de multas.

Las multas se abonarán en el periodo comprendido entre la comunicación recibida por el club y el inicio del primer partido de la siguiente jornada. El importe será satisfecho independientemente de que se recurra dicha multa. En caso de que el fallo sea favorable al recurrente, en importe de dicha multa será reintegrado en un plazo nunca superior a una semana.

  1. El impago de multas por algún club determinará la exclusión de la competición y prohibición de participación la temporada siguiente del equipo que generó la multa impagada, no pudiendo sus componentes ser inscritos con ningún otro equipo del mismo o distinto club durante dicha temporada siguiente.
  1. Cumplida la anterior sanción y satisfechas las multas debidas, el equipo excluido podrá reincorporarse a la competición en la división más baja de las, en su caso, convocadas en su categoría.

 

Artículo 18bis. Alteraciones fraudulentas de resultados y otros hechos contrarios al espíritu deportivo.

  1. Las conductas que, por la presumible intención de su autor o autores, las circunstancias en que se realicen o las consecuencias que de ellas se deriven, permitan apreciar razonablemente que tengan por finalidad alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de un enfrentamiento con perjuicio para otros, ya sea mediante la injustificada presentación de una alineación notoriamente inferior a la habitual, presentación de un número insuficiente de deportistas, incomparecencia o cualquier otro hecho que indiciariamente se pueda reputar contrario al espíritu deportivo podrán ser corregidas por el Juez de Competición, estando éste facultado para reponer el orden natural de la competición pudiendo a tal fin alterar los resultados de los enfrentamientos así como modificar la clasificación y las eliminatorias por los ascensos, descensos, promociones y clasificaciones para participar en otras fases de la competición y en general adoptar cualquier decisión tendente a aplicar la consecuencia que se hubiere tratado de eludir o a reponer el orden de la competición.
  2. Asimismo, ante la constatación de hechos de esta naturaleza, el Juez de Competición podrá decidir la exclusión del equipo de la competición y en su caso, descenso automático de división, salvo que se trate de la última existente, e imposibilidad de ascenso en la temporada siguiente y la imposición de alguna de las sanciones previstas para las infracciones comunes muy graves en el Reglamento Disciplinario de la FPCLM a los clubes, directivos, deportistas o técnicos responsables.

 

Artículo 19. Órganos disciplinarios.

  1. Todas las cuestiones disciplinarias y competicionales que se susciten serán resueltas por un Juez de Competición, designado por el Presidente de la FPCLM, cuyas resoluciones, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad, podrán ser recurridas ante el Comité de Apelación de la FPCLM.
  2. Se faculta expresamente al Juez de Competición para ejercer las siguientes funciones en relación con la competición, al margen de las funciones estrictamente disciplinarias:  
  3. Suspender, adelantar o retrasar enfrentamientos y determinar la fecha y, si es el caso, lugar de celebración de los enfrentamientos que, por causa justificada, razones de fuerza mayor o disposición de las autoridades competentes, no puedan celebrarse el día establecido en el calendario o en las instalaciones deportivas propias.
  4. Decidir dar un enfrentamiento por concluido, interrumpido o no celebrado, cuando cualquier circunstancia impida su normal terminación, y, si es el caso, acordar su continuación o nueva celebración, en campo neutral o no, y a puerta cerrada o con posible acceso de público.
  5. Atribuir la responsabilidad de los gastos originados en supuestos de suspensión, repetición o continuación de enfrentamientos.
  6. Fijar una hora uniforme para el comienzo de los enfrentamientos correspondientes a una misma jornada, cuando sus resultados puedan tener influencia para la clasificación definitiva.
  7. Designar, de oficio o a solicitud de parte interesada, delegados federativos para los enfrentamientos.
  8. Resolver cualesquiera cuestiones que afecten a la clasificación final y a situaciones derivadas de la misma, tales como ascensos, descensos, promociones y clasificaciones para participar en otras fases.
  9. Anular partidos o enfrentamientos, pudiendo ordenar su repetición, si procediese.
  10. Cuanto en general afecte a la competición.
  11. Respecto de las cuestiones disciplinarias será de aplicación el Reglamento Disciplinario dela FPCLM

 

ANEXO I

A.  DESARROLLO NO COMPETITIVO DE CADA JORNADA

Los precios de las jornadas para los jugadores serán de:

  • JUGADOR FEDERADO: 12 €
  • JUGADOR NO FEDERADO: 15 €

B.  OBLIGACIONES DE LOS CLUBES ANFITRIONES

  • EL club siempre dispondrá de 9 € por jugador participante.
  • El club pondrá la comida para los participantes. La bebida correrá por cuenta de los jugadores.
  • El club no estará obligado a dar welcome-pack a los jugadores.
  • Pagar al Juez-Arbitro designado para la prueba (será una cuestión de cortesía que el Juez-Arbitro participe también de la comida puesta a disposición de los jugadores).

C.   OBLIGACIONES DE LA FPCLM

  • La FPCLM pondrá:
  1. Bolas para la disputa de la jornada ( si por cuestión puntual esto no fuese posible, las pondrá el Club y la FPCLM pagará 70 € por dichas bolas o se le repondrá las bolas gastadas, a convenir por club y FPCLM).
  2. Trofeos para los Campeones y Subcampeones y medallas para los Campeones.
  3. Llevar el control de las puntuaciones, sanciones y del desarrollo de la Competición.

 

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